Martes, 17 Mayo 2016 10:25

Regulación del término “natural”

La FDA (Food and Drug Administration-Agencia de Alimentos y Medicamentos) en EE.UU. lanzó a finales del año pasado una consulta pública sobre el uso del término "natural" en el etiquetado de los alimentos. En respuesta a esta petición, The Council for Responsible Nutrition (CRN), la asociación de empresas de complementos alimenticios en EE.UU., ha remitido sus comentarios a la agencia.

En líneas generales, CRN considera que:

- Debe haber una definición regulada del término "natural" para su uso en el etiquetado de los productos alimenticios en EE.UU.
- La definición del término "natural" debería contemplar categorías de "natural" de manera similar a las categorías provistas  para "orgánico".
- La FDA debería considerar la fuente de un ingrediente como el factor determinante para decidir si cumple con la definición del término "natural" para su uso en el etiquetado de alimentos. Si un ingrediente es un derivado de un producto bruto ese ingrediente debe considerarse natural para su uso en el etiquetado de alimentos.

Según argumenta CRN, el término "natural" debería estar regulado para aclarar su uso apropiado en el etiquetado de los alimentos, incluidos los complementos alimenticios. El término "natural" se ha convertido en un término de marketing muy popular con una variedad de definiciones que  pueden no estar basadas siempre en el rigor científico, en los estándares de seguridad o en la ley.

Sin embargo, con una definición regulada, la FDA podría hacer cumplir la norma reduciendo el número de productos que utilizan el término "natural" de manera incorrecta o engañosa. Por otro lado, un término definido claramente ayudaría a los consumidores a encontrar los productos que buscan y proporcionar a la industria directrices claras. En ausencia de una definición que se formalice a través de la reglamentación de la FDA, a la CRN le preocupa que haya una amplia gama de interpretaciones por parte de consumidores y vendedores.

Todos los tipos de alimentos, incluyendo los complementos alimenticios, se les debe permitir llevar el término "natural” siempre que cumplan con la definición regulatoria. En España y en la Unión Europea la utilización del término natural está regulada desde hace muchos años, lo que ha ido en beneficio del consumidor. Se constata que las tendencias regulatorias de EE.UU están en consonancia con las políticas aplicadas en la UE, lo que, además, posibilita la circulación de productos entre ambos territorios.

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