Jueves, 29 Septiembre 2016 10:58

Yes, we can...

Durante los dos últimos años, algunos estados europeos han estado tomando medidas a nivel nacional en materia de complementos alimenticios. Esta categoría de productos aun sigue esperando una armonización adecuada en territorio europeo que trascienda el precario marco jurídico actual. Durante este tiempo, ante la inactividad normativa de las instituciones comunitarias, se ha visto como el proyecto BELFRIT ha ido sumando esfuerzos en un intento de harmonizar el uso de ingredientes vegetales en complementos alimenticios.

A continuación, enumeramos algunos ejemplos de estas iniciativas llevadas a cabo en territorio nacional:

2014. Italia adopta la lista BELFRIT
Italia publica un nuevo decreto relativo a ingredientes vegetales (botanicals) que es una revisión de su decreto de 9 de julio de 2012, sobre "Regulación del uso de sustancias en los complementos alimenticios y preparados de hierbas". El nuevo decreto adopta la lista BELFRIT, un esfuerzo conjunto con Bélgica y Francia para armonizar el uso de 1.041 ingredientes vegetales en los complementos alimenticios.

2014. Francia publica su lista de ingredientes vegetales permitida en complementos alimenticios
El decreto francés establece una lista de ingredientes vegetales permitidos para los complementos alimenticios. La publicación de este texto juega un papel clave para asegurar la categoría de complemento alimenticio a base de plantas en Francia y moverse hacia la lista BELFRIT de una manera más oficial. Mientras tanto, las sustancias BELFRIT no contempladas en la lista francesa continuarán siendo permitidas a través del procedimiento de reconocimiento mutuo.

2014. Alemania lanza una lista con las plantas permitidas, prohibidas y restringidas
El propósito de esta lista es facilitar la clasificación de las plantas y partes de éstas  para su uso como alimentos o como ingredientes de alimentos. La lista, que contiene aproximadamente 600 plantas, no es legalmente vinculante y está destinada a ser utilizada como una guía por las empresas y las autoridades.

2015. Bélgica notifica la inclusión de la lista BELFRIT en su legislación nacional
Las autoridades belgas notifican a la Unión Europea la modificación de su Real Decreto sobre ingredientes vegetales. Esta modificación integra la lista BELFRIT en la legislación belga. El Real Decreto contiene tres listas:
Lista 1. Lista negativa de plantas, cuyo uso está prohibido en los alimentos, incluidos los complementos alimenticios (a menos que se mencionen específicamente las condiciones de uso).
Lista 2. Lista positiva de hongos comestibles, cuyo uso está permitido como o en alimentos.
Lista 3. Lista positiva de plantas cuyo uso está permitido únicamente en complementos alimenticios.

2015. Rumanía notifica nuevo decreto de botanicals
Rumanía notifica una nueva ley para ingredientes vegetales muy similar a la del decreto belga. En su Anexo 1 se muestra una lista de 43 + 430 plantas, cuyo uso no está permitido en los complementos alimenticios. El Anexo 2 se refiere a las algas líquenes y hongos, cuyo uso se permite en complementos alimenticios. El Anexo 3 enumera las 2.647 plantas permitidas para su uso en complementos alimenticios.

2015. Francia notifica a la UE su proyecto de Reglamento para otras sustancias utilizadas en los complementos alimenticios e información que debería estar a disposición de las autoridades en relación a las características y la calidad de las sustancias utilizadas. El Reglamento especifica que cualquier sustancia con un efecto nutricional o fisiológico, distintos de los enumerados en su anexo I, se puede utilizar en complementos alimenticios siempre que no sean novel foods.

2015. Suiza. La norma de complementos alimentos se ajusta al Reglamento de la UE  
Suiza notifica su nuevo reglamento sobre complementos alimenticios a la Unión Europea con el fin de ajustar su norma a la legislación de la UE.  Los complementos alimenticios serán regulados como alimentos comunes y se regirán por un reglamento específico. Los elementos básicos de esta nuevo reglamento incluyen una lista positiva de nutrientes, niveles máximos y sustancias permitidas, una lista positiva de otras sustancias, incluyendo la luteína y la CoQ10, y una lista negativa de plantas. Esta lista se ha basado en la lista de plantas alemanas y contiene algunas plantas que son aceptadas e incluidas en la lista BELFRIT.

2016. La República Checa ha presentado un Proyecto de Decreto sobre complementos alimenticios que ofrece las condiciones específicas de uso para 16 plantas y para 7 sustancias (como la monacolina K de arroz de levadura roja fermentada) y una lista con 108 plantas prohibidas y otras 8 sustancias (incluyendo la melatonina, N-acetilcisteína y lactulosa). El Proyecto de Decreto se encuentra actualmente en fase de revisión por parte de los Estados miembro de la UE para presentar sus observaciones sobre el posible impacto de las disposiciones propuestas sobre el mercado interior europeo.

2016. Italia. el Ministerio de la Salud italiano ha actualizado recientemente sus directrices en relación con los ingredientes permitidos en los complementos alimenticios. Los principales cambios incluyen un aumento de los niveles máximos de niacina (48 a 54 mg) y de zinc (12,5 a 15 mg) en adultos. Para los niños de 3 años de edad se establece un límite de 7,5 mg y 5 mg para los menores de 3. El nivel máximo diario de inositol se eleva de 2g a 4 g. Y para la N-acetil-cisteína también se ha establecido un límite diario de 600 mg.  


2016. Noruega notifica a la Comisión Europea y Estados miembros de la UE sobre una enmienda en su legislación nacional relativa a complementos alimenticios. Las modificaciones propuestas reflejan el trabajo de las autoridades noruegas en cooperación con el Comité Científico de Seguridad de los Alimentos sobre los niveles de vitaminas y minerales.Los principales cambios son en cuanto a la revisión de los niveles mínimos diarios recomendado de vitaminas y minerales (a excepción de la vitamina D y flúor); la introducción de un nivel mínimo/máximo de 400 μg de ácido fólico, para complementos alimenticios para las mujeres que planean un embarazo, o que pueden quedar embarazadas; y un cambio significativo del nivel máximo de magnesio de 600 a 250 mg por día.

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