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Martes, 23 Julio 2019 10:29

Siguen las discusiones sobre el cannabidiol (CBD) y derivados en el seno de la UE

Complementos alimenticios

Continúan las reuniones del grupo de trabajo de la UE sobre Novel Foods para tratar el tema de cannabidiol (CBD) y sus derivados que afectaría a los complementos alimenticios. La decisión de incorporar estos ingredientes en el catálogo de Novel Foods ha recibido críticas por parte de las compañías afectadas y ha llevado a muchos productores de CBD a encabezar acciones para revertir esta decisión, sin éxito hasta la fecha.

El cannabidiol (CBD) y sus derivados sigue siendo un asunto complejo, también en el terreno de los suplementos alimenticios. La inclusión de estos ingredientes en la lista de Novel Foods no ha sido del agrado de todos los actores involucrados. A pesar de que, en su momento, los Estados miembro dieron su apoyo a que formaran parte del catálogo de nuevos alimentos, pequeños matices y enfoques diferentes entre países ha llevado a que la Comisión Europea reabra el tema.

La autoridad europea ha decidido recopilar información sobre la situación de estos ingredientes en cada uno de los Estados miembro, de la misma manera que la EFSA hizo, en su momento, en relación con los productos que contenían tetracannabidiol (THC). Ahora mismo, dentro de la Comisión Europea se ha abierto un debate que involucra a varias áreas: novel foods, asuntos agrícolas y aplicaciones medicinales. Es probable que estas discusiones se alarguen hasta finales de año y no es seguro que, fruto de estas conversaciones, se deriven decisiones concretas que podrían afectar a los complementos alimenticios.

La realidad actual es que, hasta la fecha, sólo se ha presentado una solicitud de aprobación de un novel food a base de CBD purificado y todavía se encuentra en fase de validación por parte de la EFSA. Otras solicitudes aún están a nivel de la Comisión Europea. A pesar de que recientemente se había publicado una noticia sobre una autorización en Bulgaria, parece ser un error y se ha retirado.

Complementos alimenticios. Situación en España

Como ya hemos apuntado desde Afepadi en más de alguna ocasión, en España, la normativa sobre complementos alimenticios recoge que las vitaminas, minerales y algunas sustancias diferentes recogidas en el Real Decreto 130/2018 son los únicos ingredientes que pueden incorporarse a este tipo de productos. Las plantas no están reguladas en España y, en consecuencia, tampoco el cannabidiol y sus derivados. De hecho, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) emitió a finales de marzo de este año un comunicado en el que explicaba detalladamente la decisión tomada en el seno de la UE respecto al cannabidiol y sus derivados:

“Con respecto a los cannabinoides: tetrahidrocannabinol (THC), cannabidiol (CBD), cannabigerol (CBG) y otros, utilizados como tales o para ser adicionados, por ejemplo, a un aceite, independientemente de su origen natural o sintético, así como los extractos y restos de parte de la planta Cannabis sativa L. (flores, hojas y tallos) se consideran nuevos alimentos ya que no se ha podido demostrar historial de consumo significativo ni seguro en la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997, por lo que caen bajo el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativo a los nuevos alimentos (..)".

En el mismo comunicado se recoge que la empresa que desee comercializar estas partes de la planta Cannabis sativa L. (flores, hojas y tallos), extractos y cannabinoides, en el ámbito alimentario, debe presentar una solicitud a la Comisión Europea conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2015/2283 sobre los nuevos alimentos y, una vez evaluado el riesgo por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), se tomará la decisión correspondiente de autorización o no.

La AESAN concluye recordando que la comercialización de un complemento alimenticio con estos ingredientes no está autorizada en la Unión Europea, por lo que no se podría aplicar el principio de reconocimiento mutuo para justificar la misma.

Desde Afepadi opinamos que la falta de una armonización en la UE conlleva a que un mismo producto sea tratado de forma diferente. Si los estudios de mercado confirman que los consumidores hacen un uso cada vez mayor de complementos alimenticios, es fundamental que se les ofrezcan productos totalmente seguros y eficaces. Es necesario que exista un marco normativo general que asegure el mismo grado de protección para los consumidores en toda la UE.

Visto 8760 veces Modificado por última vez en Miércoles, 17 Junio 2020 16:11

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